RSS Feed!

Manual de convivencia


La Institución educativa Sebastián de Belalcázar es una institución oficial adscrita a la Secretaría de Educación de Medellín. Tiene dos sedes (primaria y secundaria). Es una institución líder en la formación de niños y jóvenes, bajo la orientación del rector José Cicerón Perea Copete. Cuenta con treinta docentes y sirve a unos mil estudiantes de los grados preescolar, básica primaria, secundaria y educación media. Se encuentra ubicada en el barrio Belalcázar. Calle 103 EE No. 63 D 185 Teléfonos 471 99 77 - 267 45 06 - 267 20 90 Medellín, Colombia. En este momento se está llevando a cabo el proceso de actualización de este manual, para incluir las normas contempladas en la legislación, especialmente en la ley de infancia y adolescencia y en el sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

PERSONAL ADMINISTRATIVO


PERSONAL ADMINISTRATIVO

1. PERFIL DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO.
Como parte activa de la planta de personal correspondiente a la Institución Educativa Sebastián de Belalcázar el personal de apoyo logístico deberá cumplir el siguiente perfil.
- Ser persona responsable y honesta.
- Observar una buena presentación personal.
- Organizados en la totalidad de sus funciones.
- Con muy buen sentido de pertenencia.
- Amables y atentos con las personas que lleguen a la Institución.
- Comedidos y colaboradores.
- Discretos en sus comentarios u otras intervenciones.
- Respetuosos.
- Capaces de acatar con agrado las normas y sugerencias.
- Mantener hacia los niños una actitud de afabilidad, respeto, tolerancia y aceptación.
- Con vocación de servicio.
- Manejo de excelentes relaciones humanas.

2. FUNCIONES DE LA SECRETARIA
- Programar y organizar actividades propias de su cargo.
- Responsabilizarse del diligenciamiento de libros de: matrícula, registros académicos, recuperaciones, validaciones, asistencia y actas de reuniones.
- Colaborar en la ejecución y organización del proceso de matrículas.
- Elaborar las listas de los estudiantes para efectos docentes y administrativos.
- Mantener ordenada y actualizada la documentación de los alumnos, personal docente y administrativo.
- Colaborar con el rector en la elaboración de informes estadísticos.
- Atender al público en el horario establecido.
- Organizar el archivo en forma funcional y elaborar certificados y constancias oportunamente.
- Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

COORDINADOR Y DOCENTES

VII. COORDINADOR Y DOCENTES
1. COORDINADOR
1.1 PERFIL.
Teniendo en cuenta que el coordinador, debe ser ante todo docente, esto requiere, además de la anterior caracterización, también las siguientes:
- Una persona capaz de dinamizar y ejecutar el proyecto educativo institucional.
- Con capacidad de gestión y toma de decisiones para canalizar las acciones que favorezcan el desarrollo institucional, teniendo en cuenta la solución de problemas, físicos, académicos y pedagógicas.
- Con habilidad para planear, organizar, dirigir y controlar todos los insumos existentes en la comunidad educativa.
- Que maneje y utilice buenos canales de comunicación.
- Que propicie el interés general ante el particular.
- Con capacidad de coordinar la toma de decisiones, entre los administrativos.
- Que oriente en la Institución procesos, investigaciones acordes con la ciencia y la tecnología.
- Participativo en la formación académica, profesional, pero ante un investigador y /o evaluador en el mismo proceso educativo y pedagógico.
- Con capacidad de liderazgo y con visión de futuro, como elemento dinamizador dentro del contexto educativo.
1.2 FUNCIONES
- Participar en los comités que sea requerido.
- Colaborar con el rector en la planeación y evaluación de la Institución.
- Dirigir la evaluación del rendimiento Académico y adelantar acciones para mejorar la retención escolar.
- Programar la asignación Académica y elaborar el horario general de clases.
- Atención a los alumnos en los aspectos académicos, de evaluación y promoción.
- La orientación en el desempeño de los docentes de acuerdo al plan de estudios.
- Rendir informe periódico al rector sobre las actividades de su dependencia.
- Atender a los grupos que no tienen profesor, asignando talleres o trabajos.
- Cumplir la jornada laboral de acuerdo con las normas vigentes (decreto Nal 179 del 22 de Enero de 1.982 Artículo 3 parágrafo único).
- Establecer canales y mecanismos de comunicación con los estamentos de la comunidad.
- Prudencia y objetividad en el manejo de conflictos.
- Capacidad para establecer un diálogo basado en el respeto y la confianza.
- Claridad en la orientación de procesos evaluativos determinados por el Consejo Académico y las comisiones de evaluación y promoción.
- Interés por su capacitación y actualización permanente.
- Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
1.3 DEBERES
Estos deberes están contemplados en el artículo 34 de la ley 734 de 2.002
Otras:
- Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas y disciplinarias.
- Elaborar y ejecutar un proyecto de mejoramiento disciplinario.
- Dirigir los talleres dejados por los docentes en caso de ausencia.
- Implementar acciones pedagógicas en pro del mejoramiento académico y disciplinario.
- Dirigir las pruebas acumulativas de periodo.
- Brindar información integral a los alumnos.
- Ayudar a resolver conflictos de la comunidad educativa.
1.3 DERECHOS
1. Percibir puntualmente las remuneraciones fijadas.
2. Disfrutar de la seguridad social.
3. Recibir capacitación para el mejor desempeño de sus funciones con igualdad de derechos.
4. Participar en todos los programas de bienestar social, tales como vivienda, educación, recreación, deporte y vacaciones.
5. Disfrutar de estímulos.
6. Obtener permisos y licencias en los casos previstos en la ley.
7. Recibir trato cortés conforme a los principios básicos de las relaciones humanas.
8. Participar en concursos que le permitan obtener promociones dentro del servicio.
9. Respetar los derechos consagrados en la Constitución, los tratados internacionales ratificados por el congreso, las leyes, los decretos, ordenanzas, acuerdos distritales y municipales, los reglamentos y manuales de funciones, las convenciones colectivas y los contratos de trabajo.
10. Ser respetados y valorados por los padres, estudiantes y por toda la comunidad educativa.
2. DOCENTES
2.1 PERFIL.
El educador del Colegio Sebastián de Belalcázar es un profesional de la educación que se caracteriza por varios aspectos que lo acreditan para desempeñar su misión pedagógica en esta comunidad.
En lo personal:
- Con vocación y compromiso.
- Crítico y analítico.
- Justo y equitativo en el tratamiento de las diferencias individuales.
- Con alto nivel de autoestima, que luche por su propia superación proyectado en beneficio de la comunidad educativa.
- Que se distinga por su sentido humano, de forma tal que el espíritu de solidaridad se traduzca en el respeto por el otro.
- Que refleje sentido de: responsabilidad, honestidad, sinceridad, ética, prudencia, dinamismo, flexibilidad, alegría, ecuanimidad, puntualidad y autonomía.
- Capaz de investigar, crear, innovar, construir y sintetizar.
- Con sentido de pertenencia.
- Capaz de dar y recibir afecto.
En lo profesional:
- Idóneo.
- Capaz de ejercer dominio de grupo.
- Promotor de valores, que propicie la formación del educando, desde el ser, el saber y el servir.
- Conciliador, estudioso, líder, organizado, democrático y participativo.
- Conocedor de la ley.
- Prudente y diplomático en el ejercicio de sus funciones.
- Dar y recibir un trato digno y respetuoso.
2.2 FUNCIONES
- Participar en la elaboración del planteamiento y programación de actividades del área respectiva.
- Programar, organizar y evaluar las actividades a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos.
- Dirigir y orientar actividades de los alumnos para un mejor desarrollo de su personalidad.
- Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignado.
- Cumplir la jornada laboral y asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.
- Entregar oportunamente los informes académicos.
- Atender a los Padres de Familia de acuerdo con el horario establecido.
- Participar en comités y Consejos asignados.
- Responder por el uso adecuado del material confiado.
- Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos.
- Diligenciar oportunamente los libros reglamentarios asignados.
- Dar a conocer oportunamente a los alumnos, la estructura del área, logros, indicadores de logros, metodología y criterios de evaluación.
- Solicitar la debida autorización de rectoría para ausentarse del establecimiento.
- Formar parte activa en la construcción del P.E.I
- Elaborar guías y material para actividades de profundización.
- Justificar las ausencias a la Institución.
- Preocuparse por su actualización permanente.
- Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo al cargo.
2.3 DEBERES
Son aquellos contemplados en capitulo 2 de la ley 734 de 2.002 Código disciplinario único, al igual que las prohibiciones contempladas en el capitulo 3 Articulo 34 y 35 del código único disciplinario.
OTROS DEBERES:
- Ejecutar las actividades complementarias para el mejoramiento académico establecidas por el Consejo Académico.
- Ejecutar y evaluar las pruebas acumulativas.
- Dar un buen trato a los estudiantes teniendo en cuenta las diferencias individuales.
- Dar orientación y asesoría a los alumnos.
- Elegir el monitor de área e informar al director de grupo.
- Participar en la construcción y ejecución del proyecto educativo Institucional.
- Participar en la construcción y ejecución del plan de estudio.
2.3 DERECHOS
1. Percibir puntualmente las remuneraciones fijadas.
2. Disfrutar de la seguridad social.
3. Recibir capacitación para el mejor desempeño de sus funciones con igualdad de derechos.
4. Participar en todos los programas de bienestar social, tales como vivienda, educación, recreación, deporte y vacaciones.
5. Disfrutar de estímulos.
6. Obtener permisos y licencias en los casos previstos en la ley.
7. Recibir trato cortés conforme a los principios básicos de las relaciones humanas.
8. Participar en concursos que le permitan obtener promociones dentro del servicio.
9. Respetar los derechos consagrados en la Constitución, los tratados internacionales ratificados por el congreso, las leyes, los decretos, ordenanzas, acuerdos distritales y municipales, los reglamentos y manuales de funciones, las convenciones colectivas y los contratos de trabajo.
10. Ser respetados y valorados por los padres, estudiantes y por toda la comunidad educativa.

ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR

VI. ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
1. RECTOR
1.1 PERFIL.
Teniendo en cuenta que el rector, deben ser ante todo docente, esto requiere, además de la anterior caracterización, también las siguientes:
- Una persona capaz de dinamizar y ejecutar el proyecto educativo institucional.
- Con capacidad de gestión y toma de decisiones para canalizar las acciones que favorezcan el desarrollo institucional, teniendo en cuenta la solución de problemas, físicos, académicos y pedagógicas.
- Con habilidad para planear, organizar, dirigir y controlar todos los insumos existentes en la comunidad educativa.
- Que maneje y utilice buenos canales de comunicación.
- Que propicie el interés general ante el particular.
- Con capacidad de coordinar la toma de decisiones, entre los administrativos.
- Que oriente en la Institución procesos, investigaciones acordes con la ciencia y la tecnología.
- Participativo en la formación académica, profesional, pero ante todo un investigador y /o evaluador en el mismo proceso educativo y pedagógico.
- Con capacidad de liderazgo y con visión de futuro, como elemento dinamizador dentro del contexto educativo.
1.2 FUNCIONES
- Mantener una comunicación eficiente con el personal a sus cargo.
- Administrar los bienes y recursos asignados para el desempeño.
- Representar legalmente el plantel.
- Presidir los comités de administración del fondo de servicios docentes, directivo, académico y participar en los demás cuando lo considere conveniente.
- Establecer criterios para dirigir la Institución de acuerdo a las normas vigentes.
- Planear y organizar con los coordinadores las actividades curriculares de la Institución.
- Dirigir y supervisar las actividades académicas, administrativas, de bienestar y proyección a la comunidad.
- Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
- Hacer cumplir la asignación académica de acuerdo a las normas vigentes.
- Hacer evaluación permanente de las actividades académicas.
- Elaborar anteproyectos, tanto del presupuesto, como del fondo de servicios docentes.
- Brindar apoyo a los docentes para capacitación.
- Rendir informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa, al menos cada seis meses.
- Imponer sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno de conformidad con las normas vigentes.
- Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones de los docentes y administrativos y reportar irregularidades a Secretaria de Educación.
- Asignar sus funciones cuando se ausente a un coordinador.
- Responder por la calidad de servicios de su Institución y demás funciones contempladas en las leyes vigentes.
1.3 DEBERES DEL RECTOR
Estos deberes están contemplados en el artículo 34 de la ley 734 de 2.002 y el artículo 10 de la ley 715 de 2.001
1.4 DERECHOS
1. Percibir puntualmente las remuneraciones fijadas.
2. Disfrutar de la seguridad social.
3. Recibir capacitación para el mejor desempeño de sus funciones con igualdad de derechos.
4. Participar en todos los programas de bienestar social, tales como vivienda, educación, recreación, deporte y vacaciones.
5. Disfrutar de estímulos.
6. Obtener permisos y licencias en los casos previstos en la ley.
7. Recibir trato cortés conforme a los principios básicos de las relaciones humanas.
8. Participar en concursos que le permitan obtener promociones dentro del servicio.
9. Respetar los derechos consagrados en la Constitución, los tratados internacionales ratificados por el congreso, las leyes, los decretos, ordenanzas, acuerdos distritales y municipales, los reglamentos y manuales de funciones, las convenciones colectivas y los contratos de trabajo.
10. Ser respetado y valorado por los padres, estudiantes y por toda la comunidad educativa.
2. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
- Analizar y dar veredicto a las sugerencias de los diferentes consejos.
- Diseñar su propio reglamento interno.
- Participar en el manejo y aprobación del presupuesto.
- Tomar decisiones para solucionar situaciones que afecten el buen funcionamiento de la Institución.
- Aprobar el plan anual de actualización del personal de la Institución presentado por el rector.
- Participar en la planeación y evaluación del P.E.I
- Establecer criterios para la asignación de cupos.
- Fomentar la conformación de la asociación de Padres de Familia.
- Determinar la permanencia de los estudiantes en la Institución y negar el cupo, cuando el debido proceso lo amerite.
- Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
- Aprobar el calendario Académico.
- Aprobar el proyecto de costos Educativos.
3. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO
- Organizar y ejecutar la evaluación Institucional.
- Designar docentes para los respectivos comités de evaluación y promoción.
- Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con la ley.
- Presentar al Consejo Directivo, el cronograma Institucional.
- Analizar y determinar la situación académica de los estudiantes que necesitan mayor compromiso institucional.
- Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto Educativo Institucional.
- Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
- Participar en la Evaluación Institucional anual.
- Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación Educativa.
4. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
- Definir la promoción de los estudiantes al finalizar el año y entregar los informes al Consejo Académico.
- Determinar las actividades complementarias especiales cuando sea necesario, para que los estudiantes puedan alcanzar los logros académicos.
- Hacer seguimiento académico a los estudiantes especialmente a aquellos que merecen mayor atención y compromiso.
- Presentar los nombres de los estudiantes al Consejo Académico, cuando se requiera hacer promociones anticipadas, con los argumentos del caso.
- Proporcionar a los docentes información para orientar o consolidar sus prácticas pedagógicas.
- Asesorar y actualizar permanentemente al profesorado sobre la evaluación.
- Estimular el afianzamiento de valores y actitudes.
- Presentar propuestas de trabajo para la concientización de los Padres, docentes, educandos y directivas sobre la validez de la evaluación cualitativa, en cuanto que sea sistemática, integral, formativa, descriptiva y valorativa.
- Analizar cual ha sido el apoyo del padre de familia en el proceso aprendizaje y actividades complementarias del educando.
- Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencia para posteriores decisiones a cerca de la promoción del educando.

PADRES DE FAMILIA

V. PADRES DE FAMILIA


1. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.

Como miembros activos de la comunidad Educativa y primeros responsables de la formación de sus hijos e hijas se deben caracterizar por:

a. Ser participativos en el proceso educativo.

b. Ser ejemplos para sus hijos (as) especialmente en responsabilidad, lealtad, respeto, honestidad y amor al trabajo.

c. Ser orientadores en el error con afecto y con autoridad.

d. Ser canales de comunicación donde prime el diálogo, el consenso, la concertación, los acuerdos con sus hijos y la institución.

e. Convertirse en sembradores de valores que posibiliten vivir con dignidad desde el hogar.

f. Con alto sentido de pertenencia hacia la Institución.

g. Ser imagen y ejemplo de una buena presentación personal.

2. FUNCIONES


2.1 Constitucionales

- Son los responsables de la educación de sus hijos
(Art. 67 inciso 3º).

2.2 Legales

D.L. 2737/89 (Código del menor)

ART.10 – Representar a su hijo en todo procedimiento judicial o administrativo.

Ley 115/94.

ART 6º. Participar en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento.

ART. 7º -a. Matricular a sus hijos en Instituciones educativas que respondan a sus expectativas, para que reciban una educación conforme a los fines y objetivos establecidos en la Constitución, la ley y el Proyecto Educativo Institucional.

-b. Participar en la Asociación de Padres de familia o en el gobierno escolar.

-c. Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos, y sobre la marcha de la Institución educativa, y en ambos casos, participar en las acciones de mejoramiento.

-d. Buscar y recibir orientación sobre la educación de los hijos.

-e. Participar en el Consejo Directivo, Asociaciones o comités, para velar por la adecuada prestación del servicio educativo.

-f. Contribuir solidariamente con la Institución educativa para la formación de sus hijos,

-g. Educar a sus hijos y proporcionales en el hogar el ambiente adecuado para el desarrollo integral.

Decreto reglamentario 1860/94.

ART 2º. La familia conjuntamente con el Estado y la sociedad son responsables de la educación obligatoria de acuerdo con lo definido en la Constitución y la Ley. Los padres o quienes ejerzan la patria potestad sobre el menor, lo harán bajo la vigilancia e intervención directa de las autoridades competentes.

ART 3º. El mandato constitucional impone a los padres de los menores el deber de sostenerlos y educarlos; tanto éstos como los tutores sólo podrán ser eximidos de esta responsabilidad, por insuficiencia de cupos en el servicio público educativo en su localidad o por la incapacidad insuperable física o mental del menor, para ser sujeto de educación.


3. FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA.

Las funciones de los padres de familia son:

1. Velar por el cumplimiento del proyecto educativo Institucional y su continua evaluación, para la cual podrá contratar asesoría especializada.

2. Promover programas de formación de los Padres de Familia para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponda.

3. Promover el proceso de la Institución del Consejo de Padres de Familia, como apoyo a la función pedagógica que les compete.


4. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES.

El Consejo de Padres de Familia como órgano de la asociación de Padres de Familia, es un medio para asegurar la continua asociación de los padres de familia y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento.

Podrá estar integrado por los voceros de los padres de Familia de los alumnos que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la asociación o por cualquier otro esquema definido en el seno de la asociación.



5 CONDUCTO REGULAR

a. Para presentar propuestas relacionadas con la buena marcha Institucional se hará por medio de la Asociación de Padres de Familia.

b. Consejo Directivo el cual podrá buscar el consenso de los demás organismos del gobierno escolar según la propuesta y la competencia que le corresponda según su naturaleza.

6. DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

DEBERES:

1. Inculcar a sus hijos valores éticos, morales y patrios a través del ejemplo.

2. Apoyar las acciones educativas de la Institución, leyendo, interiorizando y vivenciando el P.E.I, de tal manera que su hijo, se comprometa conscientemente en el cumplimientos de sus deberes.

3. Suministrar los medios necesarios a sus hijos de tal manera que se garantice su rendimiento académico y disciplinario.

4. Cumplir con el pago de la matricula en el día acordado y demás obligaciones que se adquieran al firmar esta.

5. Responder por los daños que su hijo cause en la Institución, pagando o reparando.

6. Interesarse por averiguar los avances y dificultades que su hijo presente académica y disciplinariamente comprometiéndose para que este cumpla con sus responsabilidades.

7. Colaborar con la asistencia puntual de sus hijos a las clases y actos programados por la Institución.

8. Fomentar en sus hijos el respeto por los superiores, dándoles buen ejemplo.

9. Solicitar con anticipación y por escrito al coordinador los permisos para que el alumno pueda ausentarse de la Institución en horas de clases. En caso de urgencia el padre de familia o acudiente debe hacerse presente por el estudiante y firmar el cuaderno observador.

10. Enviar por escrito al coordinador de jornada, las excusas justificadas por retardos o ausencias firmadas por los padres de familia o acudientes delegados reportando el motivo de la ausencia.

11. El padre de familia debe justificar por escrito la ausencia a las actividades planeadas por la Institución.

12. Solicitar previamente las citas para dialogar con las directivas y profesores, según la disponibilidad de tiempo de cada uno de ellos.

13. Respetar y dar buen trato a todos los miembros de la comunidad perteneciente a la Institución.

14. Seguir el conducto regular para buscar soluciones a los problemas que se presentan.

15. Los problemas familiares no deben repercutir en la buena marcha e imagen de la Institución.

16. Asistir y participar activamente en la escuela de padres y demás actividades planeadas por la Institución.

17. Evitar interferir en el proceso pedagógico del estudiante, con la presencia inoportuna en horas de clase.

18. Presentación personal adecuada tanto para llevar al estudiante como para asistir a otras actividades de la Institución.

19. Evitar fumar en las instalaciones del colegio.

20. Presentar por escrito sugerencias, inquietudes o reclamos, firmados y argumentados.

21. Conocer el manual de convivencia.

DERECHOS:

1. Obtener información oportuna acerca del P.E.I.

2. Ser atendido por los integrantes de los diferentes estamentos de la Institución, en un dialogo que favorezca la orientación de los hijos.

3. Ser informados sobre los procesos académicos, actividades de recuperación y disciplinarios de sus hijos oportunamente.

4. Recibir orientación y asesoría respecto al manejo de la problemática de sus hijos.

5. Participar en las diferentes actividades organizadas por la Institución, con el fin de constituir el gobierno escolar, para una buena marcha de ella.

6. Elegir y ser elegido para cualquier estamento del gobierno escolar que represente la Institución.

7. El colegio responderá únicamente al padre de familia o acudiente, respecto a las inquietudes o dificultades que se presenten, relacionadas con su hijo o apoderado.

8. Ser citado nuevamente, cuando justifique oportunamente la ausencia a las actividades programadas por la Institución.

NOTA: Se llama acudiente delegado a aquella persona que representa al padre de familia excepcionalmente y firma la matrícula o la cancelación de la misma en caso de retiro del estudiante; además responda por éste a todo llamado que le haga la Institución. El acudiente delegado debe ser mayor de edad, con cedula de ciudadanía.

REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL

IV. REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL


1. EL PERSONERO ESTUDIANTIL.

1.1 PERFIL DEL PERSONERO.

- Demostrar liderazgo positivo.

- Demostrar capacidad de argumentación.

- Ser imparcial y justo.

- Ser promotor del cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes.

- Tener capacidad de debatir, de contradecir y formular propuestas.
- Demostrar espíritu democrático, generando participación de los estudiantes en los procesos.

- Manejar bien la comunicación.

1.2 FORMA DE ELECCIÓN

El personero será un estudiante del grado 11, elegido mediante elección democrática y participativa, por todos los estudiantes del plantel en votación secreta, organizada por proyecto de Ciencias Sociales.

1.3 FUNCIONES.

1. Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes.

2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentan los alumnos y buscar alternativas de solución.

3. Asistir a reuniones del consejo de estudiantes.

4. Fiscalizar las reuniones del Consejo de Estudiantes.

5. Rendir informes bien sea al Consejo de Estudiantes, al Consejo Directivo, o bien a ambos de los aspectos negativos y positivos, que, merezcan tenerse en cuenta para la formación de la comunidad.

6. Asistir puntualmente a las reuniones del Consejo de Estudiantes.


2. REPRESENTANTE ESTUDIANTIL AL CONSEJO DIRECTIVO

1.1 PERFIL

- Demostrar capacidad de argumentación.

- Ser imparcial y justo.

- Ser promotor del cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes.

- Tener capacidad de debatir, de contradecir y formular propuestas.

- Demostrar espíritu democrático, generando participación de los estudiantes en los procesos.

- Manejar bien la comunicación.


1.2 FORMA DE ELECCIÓN

Según lo establecido por la ley general de educación articulo 142, el representante de los estudiantes al consejo directivo debe estar matriculado en el grado 11º y es único requisito para postularse a este cargo.

Los postulados serán escogidos por sus compañeros de grado 11º y luego se presentaran ante el consejo estudiantil (previa asignación de fecha) reunido por el personero (a) elegido (a) para hacer democráticamente la elección de representante al Consejo Directivo

1.3 FUNCIONES

Participar en las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad.

2. CONSEJO DE ESTUDIANTES

El consejo de estudiantes tiene su fundamento legal en el Articulo 29 del Decreto 1860 de 1994. Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educados. Está integrado por un alumno representante de cada uno de los grupos que existen en el plantel a partir del grado cuarto de primaria y hasta el grado undécimo.

3.1 PERFIL DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES.

· Capacidad efectiva de participación y toma de decisiones.

· Con un pensamiento racional, reflexivo y comprometido.

· Con capacidad de autodeterminación y respeto a las opiniones de los demás.

· Con capacidad de adaptarse a los avances tecnológicos.
En conclusión deben ser inquietos reflexivos, responsables, libres, afectuosos, comprensivos, transparentes, sinceros, abiertos, estudiosos y conservar una buena amistad.


3.2 FORMAS DE ELECCIÓN

Cada grado elegirá democráticamente a su representante de grupo. Esta elección se realizará en cada aula bajo las orientaciones de los directores de grupo en los primeros quince (15) días del calendario escolar.

3.3 FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES.

Esta conformada por un representante de cada grado a partir de tercero de primaria.

1. Tener su propia organización interna.

2. Elegir entre los estudiantes del grado 11 el representante del Consejo Directivo.

3. Invitar a sus deliberaciones aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

4. Promover actividades y proyectos que tiendan a la cualificación y mejoramiento Institucional, ampliar mecanismos de participación estudiantil, tales como encuestas, periódicos y murales.

5. Representar a la Institución en encuentros interinstitucionales locales.

6. Llevar el registro de sesiones en actas firmadas y presentarlas a la dirección cuando sea requeridas.

7. Revocar el mandato del representarse de los estudiantes ante el Consejo Directivo cuando sea el caso.


4. REPRESENTANTES DE GRUPO


4.1 PERFIL DEL REPRESENTANTE DE GRUPO.

Los aspirantes a formar parte del Consejo Estudiantil de la Institución Educativa Sebastián de Belalcázar deberán:

- Estar dispuestos a cumplir con las normas y reglamentos como alumnos y como representantes.

- Asistir y participar activamente en las reuniones y actividades que se programen.

- Cumplir a cabalidad con las normas del manual de convivencia de la Institución.

- Mantener buenas relaciones con la comunidad educativa.

- Tener liderazgo y sentido de pertenencia.

- Ser puntual y responsable frente al grupo.

- Poseer conciencia de clase.

- Que tenga capacidad verbal.

- Que tenga criterios sólidos para ejercer su liderazgo.


4.2 FORMAS DE ELECCIÓN.

Cada grado elegirá democráticamente a su representante de grupo. Esta elección se realizara en cada aula bajo las orientaciones de los directores de grupo en los primeros quince (15) días del calendario escolar.

4.3 FUNCIONES

- Ser colaborador del personero escolar.

- Dirigir el grupo cuando el profesor (a) está ausente, teniendo en cuenta sus orientaciones.

- Promover campañas de aseo, orden y buena disciplina dentro y fuera del salón.

- Ser vocero de sus compañeros(as) ante los profesores (as).

- Servir como conciliador entre sus compañeros.

- Motivar el cumplimiento de los deberes de todos (as) sus compañeros (ras).

- Ser permanente colaborador de su director(a) en todos sus aspectos.


5. SANCIONES A LOS REPRESENTANTES ESTUDIANTILES

Pérdida de investidura y las demás estipuladas en el manual de convivencia.

5.1 REVOCATORIA DEL MANDATO

En caso de presentar faltas de conducta dentro y fuera de la Institución o por inhabilidades en su cargo será reemplazado por quien hubiese obtenido la segunda votación en forma sucesiva y en orden descendente.

En caso tal que no haya quien reemplace el cargo se hará nuevamente la votación.

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

11. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Está regulada por la Ley General de Educación y su Decreto Reglamentario 230 de 2002, capitulo 2º artículo 4,5,9 y 10 y por el Código del Menor en sus artículos 313 y 314.

DEFINICIÓN DE EVALUACIÓN: Evaluar es la acción permanente que busca juzgar y valorar el estado en que se encuentran los procesos de desarrollo en el estudiante, como también los procesos pedagógicos, organizacionales y administrativos.

11.1 ASPECTOS EVALUABLES PARA LA PROMOCIÓN

Para la fijación de indicadores de logros, se deben tener en cuenta los fines y objetivos de la educación, señalados en la Ley 115 de 1994 que deben desarrollarse en el proyecto educativo institucional. En tales fines y objetivos se encuentran los procesos fundamentales del desarrollo integral del educando que se propiciarán en el colegio y que consecuentemente serán objeto de evaluación para cada grado, entre estos procesos se encuentran los siguientes:

a. Proceso de Desarrollo Cognitivo, como el pensamiento lógico formal, capacidad para tratar problemas y la creatividad.

b. Procesos de Competencia Comunicativa, que involucran las capacidades de expresión y producción oral y escrita.

c. Procesos Biológicos y Físicos que incluyen el desarrollo de competencias físicas y su relación en la influencia del desarrollo social y psicológico.

d. Procesos Valorativos y Actitudinales, hacen referencia a la construcción de un ambiente para un comportamiento recto y justo.

e. Procesos de Expresión y Experiencia Estética, que permiten el desarrollo de la sensibilidad y la emotividad.

Además deberá tenerse en cuenta que la sociedad, el trabajo, la recreación, la paz, la ciencia y la tecnología hacen exigencias concretas que obligan a introducir en el currículo los siguientes lineamientos directamente relacionados con los logros educativos y su evaluación.

a. Mayor énfasis en el desarrollo de capacidades y de procesos de pensamiento, de aprendizaje de investigación de socialización en el desarrollo de contenidos.

b. El desarrollo de habilidades para la interacción y el trabajo en equipo, como también la participación activa en el aula, y el interés por el tratamiento adecuado a la solución de problemas.

c. El desarrollo de proyectos pedagógicos, que tratan problemas cuya solución requiere días, semanas de trabajo en y fuera del colegio, antes que los simples ejercicios académicos de carácter repetitivo.

d. La valoración y la diversidad cultural, las creencias, la paz, el sexo y los factores personales.

e. El desarrollo de valores y actitudes éticas que fundamentan y orientan la vida del estudiante y contribuyen a su formación integral.

11.2 Articulo 4° Evaluación de los educandos. La evaluación de los educandos será continua e integral, y se hará con referencia a cuatro periodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar.

Los principales objetivos de la evaluación son:

a) Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los educandos:

b) Determinar la promoción ó no de los educandos en cada grado de la educación básica y media;

d) Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tenga dificultad en sus estudios, y

e) Suministrar información que contribuya a la auto evaluación académica de la institución y a la actualización permanente de su plan de estudios.

11.3 Artículo 5° Informes de evaluación. Al finalizar cada uno de los cuatro períodos del año escolar, los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se dé cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas. Este deberá incluir información detallada acerca de las fortalezas y dificultades que haya presentado el educando en cualquiera de las áreas, y establecerá recomendaciones y estrategias para mejorar.

Además al finalizar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes un informe final, el cual incluirá una evaluación integral del rendimiento del educando para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá que tener en cuenta el cumplimiento por parte del educando de los compromisos que hayan adquirido para superar las dificultades detectadas en períodos anteriores.

Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostrarán para cada área el rendimiento de los educandos, mediante una escala dada en los siguientes términos:

Excelente Sobresaliente Aceptable
Insuficiente Deficiente

PARÁGRAFO: Para efectos de promoción en el preescolar, la básica y media se tendrá en cuenta el último informe dado al término del año lectivo, donde se indicará además en caso necesario los medios para la recuperación o el refuerzo de los estudiantes en aquellos aspectos donde no se evidencien claramente los logros o conductas adquiridas.

Artículo 9. Promoción de los educandos. Se considerarán para la repetición de un grado cualquiera de los siguientes educandos:

a) Educando con valoración final Insuficiente o Deficiente en tres o más áreas;

b) Educandos que hayan obtenido valoración final Insuficiente o Deficiente en matemáticas y lenguaje durante dos o más grados consecutivos de la Educación Básica;

c) Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25 % de las actividades académicas durante el año escolar.

11.4 Artículo 10°. Recuperaciones. Todo educando que haya obtenido insuficiente o deficiente en la evaluación final de una o más áreas presentará una nueva evaluación de esas áreas a más tardar la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar. Esta evaluación se basará en un programa de refuerzo pertinente con las dificultades que presentó el educando y que el profesor del área le entregará al finalizar el año escolar. La evaluación se calificará de acuerdo con los términos del articulo 5° de este Decreto y su resultado, ya sea éste aprobatorio o no, deberá quedar consignado en el registro escolar del educando.

PARÁGRAFO: Para hacerse acreedor del diploma de Bachiller, el alumno debe haber demostrado el logro de todos los objetivos del grado once, además debe presentar la certificación de haber cumplido con el servicio social del estudiantado, y la constancia de haber realizado el trabajo comunitario (vigías de la salud) y estar a paz y salvo con la institución.

11.5 VALIDACIONES:

El colegio podrá realizar la validación de un área o de un grado, de acuerdo con la Resolución No 99952 de marzo 3 de 1993. Con la autorización escrita del Jefe de Núcleo respectivo o de la Secretaría de Educación.

LOS ALUMNOS

III. LOS ALUMNOS


1. PERFIL DEL ALUMNO.

El colegio Sebastián de Belalcázar a través de su que hacer pedagógico, pretende la formación integral de su personal discente mediante la vivencia de valores, actitudes y comportamientos que manifiesten conductas y hechos coherentes con la filosofía y objetivos de la institución.

Así nuestros alumnos deberán presentar:

- Liderazgo, para que influya positivamente en el medio que lo circunda y logre transformarlo.

- Capacidad de dar y recibir afecto y perdón, alegres, optimistas para que sean generadores de una convivencia pacífica y gratificante.

- Un buen nivel de autoestima, para sentirse orgullosos de sí mismos, su familia y su institución.

- Buen sentido de responsabilidad, compromiso consigo mismo y con los demás, con el medio ambiente, la institución, el tiempo y el entorno.


- Capacidad para tomar decisiones acertadas y responsables para su bien personal y el colectivo, esto es, obrar con autonomía.

- Honestidad, obrando siempre con rectitud en todo el sentido de la palabra y en cada uno de sus actos.

- Actitud critica, analíticos con capacidad para mejorar su vida personal y social.

- Que sean investigativos, capaces de estar acordes con el cambio para apropiarse de las ciencias, la tecnología y la cultura.

- Con una formación política para que como futuros ciudadanos, participen conscientemente en el desarrollo de los diferentes actos sociales, económicos y políticos de la región.

- Comprometidos con los valores de respeto, solidaridad, honradez, responsabilidad, sentido de pertenencia y gratitud para la construcción de un mundo mejor.

2. DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Son derechos fundamentales de los alumnos: la vida, integridad física, la salud, educación, la cultura, la libre expresión de opinión (artículo 44 C. N.) y los derechos contemplados en el código del menor.

En la Institución el alumno tiene los siguientes derechos:

1. Recibir una Educación integral en valores y conocimientos.

2. Que se le respete sus diferencias y dignidad como persona.

3. Ser escuchado y atendido en forma oportuna.

4. A opinar y denunciar las irregularidades siguiendo el conducto regular de comunicación.

5. Recibir su informe académico en forma clara y oportuna.

6. Recibir un trato equitativo.

7. Ser informados oportunamente sobre los horarios, actividades curriculares y extracurriculares.

8. Contar una programación dosificada en talleres, tareas y evaluaciones, respetando el cronograma de actividades establecidas.

9. Recibir oportunidades para cumplir las actividades ordinarias cuando las circunstancias lo acrediten.

10. Ser estimulado cuando se lo merezcan.

11. Elegir y ser elegido.

12. Derecho a inscribirse y a pertenecer a actividades extracurriculares.

13. A que se le aplique el adecuado proceso disciplinario.

14. Derecho a la defensa y a pelar cuando las circunstancias lo ameriten.

15. A disfrutar de un ambiente sano, de alegría y delicadeza que haga más agradable la convivencia escolar.

16. Tenerse en cuenta la excusa justificada por retardo o ausencia, firmada por los padres de familia o acudiente.

17. Libre asociación para formar el Consejo Estudiantil.

18. A ser elegido representante de grupo o monitor de disciplina del área que sobre salga.

19. Conocer el manual de convivencia, el observador y su evaluación oportunamente.

20. Solicitar y recibir orientación y acompañamiento de directivos y profesores sobre aspectos relacionados con su formación integral.

21. Recibir por primera vez el carné estudiantil.

22. Recibir mínimo con 2 días de anticipación: citaciones curriculares, boletines salvo en casos de fuerza mayor.

23. Ser correctamente evaluado según las disposiciones legales vigentes y conocer el resultado de todo el proceso evaluativo.

24. Solicitar oportunamente y con el debido respeto la corrección de notas erróneas y evaluaciones que requieran ser revisadas. Esto se hace ante la secretaria, el profesor del área o consejo académico según se requiera.

25. Solicitar y obtener constancias y certificados de estudios en un plazo máximo de 3 días hábiles.

26. Disfrutar de un descanso entre los horarios de clases y en espacios adecuados.

27. Obtener el título de bachiller, concebido por la Institución al cumplir los requisitos exigidos por la legislación vigente.


3. DEBERES DE LOS ALUMNOS

Es necesario tener en cuenta los siguientes deberes de los estudiantes para garantizar el buen funcionamiento en la Institución.

El deber es un vínculo moral, social y legal que induce a la persona a cumplir con responsabilidad todos sus actos y acatar las normas para la buena convivencia.

1. Matricularse en compañía de sus padres, representante legal.

2. Conocer y acatar el presente manual de convivencia.

3. Conocer la historia, la visión, la misión, la filosofía, el proyecto educativo institucional y los símbolos representativos de la institución.

4. Respetar los símbolos patrios e institucionales, valores culturales, nacionales y éticos.

5. Respetar y apoyar a los integrantes de la comunidad educativa, cumpliendo con las normas para la convivencia armónica basada en el respeto, el reconocimiento y la tolerancia, tanto dentro como fuera de la institución.

6. Mantener un buen nivel académico.

7. Llevar el uniforme organizado y sin accesorios extravagantes.

8. Portar el uniforme de educación física en los días que corresponda correctamente, además responsabilizarse de los implementos utilizados durante dichas clases y en todas las actividades culturales y deportivos.

9. Llegar puntualmente a la Institución, a las clases y a todos los actos comunitarios programados.

10. Ser responsables y disciplinados en las actividades académicas, participar en las clases, respetar y promover la participación de los demás.

11. Mantener el orden durante los descansos, en los cambios de clase, durante las clases, respetar y promover la participación de los demás.

12. No traer a la Institución discman, radios, celulares y otros elementos distractores que interfieren en el normal desarrollo de las actividades.

13. Solicitar permiso a la coordinación, rector, coordinador de disciplina, al ausentarse de la Institución.

14. Firmar las observaciones que se realizan en el libro de disciplina colocando sus descargos si son necesarios.

15. Contribuir con el aseo, conservación y mejoramiento del medio ambiente y materiales de la Institución.

16. Abstenerse de toda forma de violencia contra si mismo y /o los demás miembros de la institución.

17. Utilizar el diálogo para solucionar los conflictos.

18. Llevar oportunamente a los padres de familia o acudiente la información que envíe la institución.

19. Responsabilizarse económicamente y disciplinariamente de los daños ocasionados en la institución.

20. Dar un trato adecuado a los libros de la Institución, de los compañeros, profesores y personales.

21. Respetar los bienes de los demás, entregando al coordinador los objetos extraviados.

22. Presentar evaluaciones y talleres en forma seria y legal en las fechas programadas por la Institución, lo mismo que las actividades complementarias.

23. Presentar excusas debidamente diligenciadas en forma oportuna y firmados por el padre de familia o acudiente.

24. Ser solidario de manera especial frente a las dificultades que se presenten dentro de la Institución.

25. Portar el carné que lo acredite como miembro de la Institución y presentarlo en el momento que le sea exigido.

26. Permanecer en el aula de clase aún en ausencia del profesor e intercambios de clase.

27. Abstenerse de ingresar sin autorización a la sala de profesores, secretaria, coordinación y rectoría entre otros.

28. Abstenerse de realizar cualquier tipo de negociación dentro del colegio.

29. Abstenerse de comprar alimentos u otros por las rejas de la Institución.

30. Abstenerse de hacer bailes, minitecas y otros.

31. Abstenerse de realizar ventas y /o cuotas grupales sin autorización de la asociación de padres de familia y consejo directivo.

32. No fumar dentro de la Institución.

33. Abstenerse de llegar embriagado a la institución, no consumir licores dentro de ella, ni en actividades programadas por la misma.

34. No portar, guardar, ni utilizar armas corto punzante, de fuego ni artefactos explosivos.

35. No poseer, consumir, ni distribuir drogas, estupefacientes, hierbas con efectos alucinógenos, al igual que no ocultar situaciones que estén dañando la formación humana y de los compañeros. Entender que callar es algo grave, es constituirse en cómplice.

36. No portar, mostrar ni distribuir revistas, libros y otros materiales pornográficos.

37. No realizar juegos de azar.

38. Seguir adecuadamente el conducto regular para buscar soluciones a las dificultades que se presenten.

4. PRESENTACIÓN PERSONAL

4.1 HOMBRES:

- Cabello con corte moderado, sin peinados estrafalarios.
- No utilizar piersin, aretes, collares, ni manillas.
- La camiseta debe llevarse por dentro del pantalón.

4.2 MUJERES:

Uniforme bien organizado sin adornos, maquillaje suave, aretes pequeños, no usar piersin, falda a media rodilla.


5. UNIFORME

5.1 HOMBRES

Para diario:

Blue Jean clásico azul oscuro, camisa blanca con el escudo, cuello blanco que lleve línea verde y vino tinto. Correa negra, medias blancas, zapatos negros de atadura.

Educación física:

Sudadera verde con sesgo blanco y las iniciales del colegio, camisa blanca con el escudo, cuello blanco que lleve línea verde y vino tinto. Medias y tenis blancos

5.2 MUJERES

Para diario:

Jomber a cuadros verdes y vino tinto, correa negra y a la cintura. Camisa blanca manga tres cuartos. Zapatos negros de atadura, medias blancas largas.

Maquillaje moderado, adornos pequeños que combinen con el uniforme, chompa verde con el escudo del colegio.

Educación física:

Sudadera verde con sesgo blanco y las iniciales del colegio, camisa blanca con el escudo, cuello blanco que lleve línea verde y vino tinto. Medias y tenis blancos


6. CLASIFICACION DE FALTAS

6.1 FALTAS LEVES

Se designan como tales, aquellas situaciones que afecten mínimamente la marcha institucional, cuya reincidencia en estas da lugar a faltas graves.

Estas faltas se investigarán por el profesor que conozca la falta o por el director de grupo, coordinador de disciplina quienes iniciarán la respectiva acción con base en la queja recibida y las pruebas aportadas.

Se hará amonestación verbal y escrita la cual se consignará en la hoja de vida.

LEVES:

1. Impuntualidad al llegar al colegio, clases y actividades curriculares.

2. Vocabulario soez.

3. Masticar chicles, por el mal uso que se hace de él.

4. Incumplir con las normas de aseo.

5. Uniforme incompleto o mal llevado.

6. Arrojar las basuras fuera de los recipientes expuestos para tal fin.

7. Permanecer en la sala de profesores, oficinas administrativas y demás dependencia sin la debida autorización.

8. Llegar tarde al salón después del descanso u otras actividades, o esperar al profesor fuera del mismo.

9. No traer los útiles de estudio o tareas.

10. Usar el teléfono sin previa autorización.

11. Incumplir los turnos de aseo.

12. Salirse del salón sin autorización al baño u a otras actividades.

13. Usar celular, beeper, radios,..., en el salón.

14. Traer bebés, niños, novios o personas ajenas a la Institución cuando se realice actividades pedagógicas y académicas.

15. Lanzar gritos extemporáneos, silbidos,...

16. Falta de comedimiento para atender las observaciones y correctivos propuestos para su formación.

17. Comentarios y chistes de mal gusto.

18. Llamar por apodo a sus compañeros.

19. Usar cortes de cabellos exagerados y accesorios o maquillaje con el uniforme.

20. Comercializar artículos dentro del colegio.

21. Comprar a destiempo en la tienda o cafetería.

22. Arrojar piedras, huevos, objetos o basuras dentro o alrededor del establecimiento.

6.2 FALTAS GRAVES

Son aquellas que interfieren en el desarrollo de las actividades institucionales y afectan los derechos de los otros miembros de la comunidad educativa.

Las faltas graves serán investigadas por el profesor que tenga conocimiento de la falta (o en su defecto por el director grupo) y el coordinador de disciplina, quienes iniciarán la acción con base en la queja recibida y las pruebas aportadas.

Serán juzgados y/o sancionados los alumnos que incurran en faltas graves, en primera instancia por el rector y en segunda instancia por el Consejo Directivo, la determinación se tomará por mayoría simple.

Se le notificarán al padre de familia o acudiente desde el momento que se inicie el proceso, de la cual debe quedar constancia.

Las faltas graves serán sancionadas con suspensión hasta por 5 días hábiles, la misma se cumplirá una vez se haya ejecutoriado el acto administrativo sanciona torio o resuelto los recursos interpuestos y podré contemplar:

1. Suspensión de actividades extracurriculares.

2. Suspensión de actividades académicas.

Cuando la suspensión sea en relación con actividades académicas, la misma se cumplirá en el plantel educativo, o en su defecto en el lugar que señale el sancionador, cumpliendo con las actividades que sean asignadas.

La acción disciplinaria en éste tipo de faltas caduca 5 días después de acaecida la falta o identificando el autor(es).

La sanción tiene como término de caducidad el respectivo periodo académico en que se cometió la falta disciplinaria.



GRAVES:

1. Desacato a la autoridad.

2. Entrar y salir sin autorización del salón de clases.

3. Ausentarse sin autorización de los actos culturales, deportivos, religiosos o comportarse incorrectamente en ellos.

4. Dañar los implementos del colegio, objetos de estudio, material de trabajo, muros u ornamentación, por los cuales el alumno deberá responder pagando los daños.

5. Mal comportamiento en las dependencias del colegio y en actividades de asistencia a otra Institución.

6. Traer al colegio material pornográfico.

7. Inasistencia del padre de familia o acudiente a las reuniones o llamados del colegio.

8. Uso inadecuado del uniforme y llevarlo puesto a otro sitio fuera de las institución.

9. Esconder los bienes de los demás compañeros.

10. La inasistencia al establecimiento sin causa justa (Artículo 314 del código del menor).

11. No entregar a sus acudientes las circulares o comunicados enviados por la Institución.

12. Falta de respeto en las relaciones interpersonales.

13. Participar en cualquier juego de azar, apostando dinero en el salón de clase o cualquier parte de la Institución.

14. Atentar contra el patrimonio cultural o ecológico de la Institucional.

15. Utilizar en forma reincidente la mentira o los falsos testimonios.

16. El encubrimiento de faltas personales y/o colectivas que afecten la sana convivencia.

17. Presentar documentos falsos para justificar una acción.

18. La reincidencia en cualquier de las faltas leves se convierte en graves.

19. Tocar el timbre de la Institución sin autorización.

20. Fumar dentro de la Institución o con el uniforme.

6.3 FALTAS GRAVÍSIMAS

Son aquellas que por su magnitud y trascendencia afectan ostensiblemente la marcha Institucional, además lesionan y perjudican física y/o sicológicamente a los otros miembros de la comunidad educativa, afectando negativamente su participación en las actividades Institucionales o perjudicando su rendimiento académico comportamental.

Las faltas gravísimas serán investigadas por el profesor que tenga conocimiento de la falta (o en su defecto por el director de grupo) y el coordinador de disciplina, quienes iniciarán la acción con base en la queja recibida y las pruebas aportadas.

Serán juzgados y sancionados los alumnos que incurran en faltas gravísimas, en primera instancia por el rector del plantel y en segunda instancia por el Consejo Directivo, el cual tomará decisión mediante mayoría calificada.

Las faltas gravísimas serán sancionadas con expulsión del plantel y pérdida del cupo hasta por 2 años lectivos.

El disciplinado tiene derecho a ser asistido desde el inicio del proceso por el personero estudiantil y/o un abogado asignado por su familia (titulada o designada por un consultorio jurídico de la respectiva universidad).


El acto administrativo, debe ser notificado desde el inicio del proceso que curse en contra de su hijo o acudiente, de tal notificación debe quedar constancia.

El acto administrativo sancionatorio, una vez quede en firme, debe recibir el visto bueno de la asociación de padre de familia, para su correspondiente ejecución (d.l 2737 / 89 “código del menor).

La acción disciplinaria caduca 15 días después de ocurrido el hecho constituido de la falta o de individualizado el autor (es).

La sanción tiene como término de caducidad, el señalado en el acto administrativo, a partir del momento de su ejecutoria.

GRAVÍSIMAS:

1. Agresión verbal o física a compañeros o cualquier miembro de la Institución o la comunidad educativa.

2. Encubrir hechos que vayan en contra del buen funcionamiento de la Institución.

3. Fraude comprobado en alguna evaluación.

4. Ingresar, entrar o salir por sitios diferentes a la portería oficial, violando puertas, ventanas, mallas, muros o cerraduras.

5. Traficar con alucinógenos, estupefacientes y toda clase de sustancias psicoactivas dentro del colegio en actos de comunidad o salidas pedagógicas.

6. La tortura sicológica verbal, escrita o telefónica que afecten a cualquier miembro de la comunidad educativa.

7. Calumniar o difamar a cualquier miembro de la comunidad educativa de la institución.

8. Manipular o amenazar a algún miembro de la comunidad educativa para obtener beneficios a través de ellos tales como: objetos de uso personal, libros, tareas, dineros y otros.

9. Crear falsas alarmas tendientes a causar pánico sin ninguna causa.

10. Alterar, destruir o hacer desaparecer los registros académicos y disciplinarios de asistencia o certificados de estudio.

11. Atentar contra la propiedad ajena utilizando la violencia.
.
12. Portar o guardar armas.

13. Realizar actos o manifestaciones sexuales dentro de la Institución o con el uniforme.

14. Causar daño grave a equipos, muebles o enseres del establecimiento de manera intencional.

15. Portar o hacer uso de sustancias u objetos explosivos.

16. Ser reincidente comprobado en el consumo de alcohol, estupefacientes, alucinógenos o sustancias psicoactivas.

17. Practicar o inducir a otras personas a la prostitución o vandalismo.

18. Todo acto calificado como delito o penalizado por las leyes colombianas.

7. ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES

La Institución Educativa Sebastián de Belalcázar considera necesario estimular el esfuerzo y la dedicación de sus mejores estudiantes y tenerlos en cuenta como ejemplo de las futuras generaciones del plantel se considera estímulo todo reconocimiento verbal, escrito o material que el colegio otorga a los estudiantes, teniendo en cuenta sus cualidades intelectuales, éticas, morales, sociales deportivas y culturales.

El Colegio Sebastián de Belalcázar como institución que propende por una formación integral de sus estudiantes, reconoce el esfuerzo, la constancia, el excelente comportamiento, los méritos deportivos, culturales y científicos, espíritu de solidaridad y cooperación y otras cualidades sobresalientes en los alumnos de la siguiente manera:

- Matrícula de honor: Se otorga al estudiante que obtenga el mayor rendimiento académico y comportamiento en cada grupo.

- Menciones de Honor: Se otorga a los estudiantes que se destaquen por su aprovechamiento, sus servicios al colegio, y su proyección a la comunidad.

- Izada del Pabellón Nacional: A los alumnos de cada grupo que se destaquen por su aprovechamiento, servicios al colegio y proyección a la comunidad.

- Cuadro de Honor: En carteles especiales se hará mención a los estudiantes más destacados por su rendimiento académico y valores comportamentales.

- Reconocimiento en público.

- Mención especial a los que por sus méritos deportivos, sociales o de proyección hayan puesto en alto el nombre del colegio.

- Ser nombrado monitor (a) en su grupo.

- Establecer “el día de los mejores” en diferentes aspectos semestralmente (académico, disciplinario y valores éticos).

- Entrega directa al alumno del boletín informativo en acto público.

- Realización de paseos ecológicos, culturales y recreativos subsidiando el colegio parte de los gastos.

- Rifa de obsequios otorgados por la asociación.

- Donación de uniformes o textos escolares de acuerdo a criterios establecidos: sentido de pertenencia, buen comportamiento, excelente rendimiento académico.


A los bachilleres en el acto de Proclamación:
- Medalla de perseverancia: se otorga a aquellos estudiantes que hayan cursado sus estudios ininterrumpidamente en el colegio desde el preescolar hasta once.

- Medalla de honor: a los estudiantes destacados por su buen rendimiento académico, conducta y comportamiento intachables y ser ejemplo de vivencia de los valores transmitidos en el plantel para su formación.

- Trofeo de aprovechamiento: Al alumno más destacado por su rendimiento en las áreas de matemáticas, español y literatura y por sus manifestaciones artísticas en general.

- Premio asociación de padres de familia: se otorga al estudiante que obtenga el mayor puntaje en las pruebas del estado.

- Trofeo: Al mejor bachiller del año, estudiante que debe haber cursado en el colegio todos los grados correspondientes al bachillerato distinguiéndose por su alto nivel de aprovechamiento y desempeño general.

Anotación: Todo estimulo debe ser consignado en el observador y la hoja de vida.

8. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS

Los lineamientos del presente Manual de Convivencia, deben servir como correctivos pedagógicos y están orientados hacia la prevención, tratamiento y corrección de conductas que así lo ameriten.

El tratamiento de cualquier acción que amerite un procedimiento será:

1. Diálogo con el profesor.

2. Diálogo con el director de grupo, y orientación al padre de familia para que lo lleve a un psicólogo si es el caso.

3. Diálogo con el Coordinador.

4. Confrontación del caso ante el Rector y en última instancia el Consejo Directivo si es necesario.

5. Determinación de la sanción.

PARÁGRAFO: La prioridad en la imposición de una sanción estará sujeta a la gravedad de la falta cometida, y estará supeditada a los siguientes procesos:

- Amonestación (verbal y/o escrita), notificación al padre de familia o acudiente, sanción comportamental, registro en la hoja de vida, suspensión temporal de clases, matricula en observación, y suspensión temporal hasta por tres (3) años con la debida autorización de la Asociación de Padres de Familia (Art. 319 del código del menor).

PARÁGRAFO: La aplicación de la cancelación de la matrícula hasta por tres (3) años será con la debida aprobación de la Secretaría de Educación y Cultura de Antioquia, previa investigación realizada por la dirección de Núcleo Educativo.

Mientras se tramita esta aprobación el alumno podrá permanecer en el colegio, pero si es una situación de extrema gravedad el Rector podrá retirar al estudiante inmediatamente con el visto bueno de la Secretaría de Educación o del Núcleo Educativo.

La sanción de las faltas cometidas debe tener como parámetros la formación de los estudiantes, en el fomento de los valores que encarna la filosofía del plantel, brindando así una orientación hacia el perfil propuesto anteriormente.

Debe existir un diálogo amistoso y claro, antes de sancionar a un alumno a fin de que en los términos de su formación se comprometa a trabajar en el logro del perfil de estudiante que la institución le propone.

Quedarán abolidas las sanciones que conlleven al irrespeto o al escarnio o que de alguna manera afecten su dignidad personal (Art. 319 del Código del Menor).

La institución para la aplicación de correctivos a las faltas que afecten el comportamiento obrará de la siguiente manera:

1. Diálogo entre las personas comprometidas, en el cual se escuchen las partes, se hagan descargos y así se produzca a una sana convivencia.

2. Amonestación verbal en privado con anotación y notificación en el observador por parte de los implicados en la situación, además con la presencia del director de grupo.

3. Amonestación verbal en privado por parte del coordinador con anotación en la hoja de vida llevada en el plantel.

4. Notificación al padre de familia ó acudiente por parte del Director de grupo y /o el coordinador, en presencia del alumno quedando constancia de la notificación dada en la hoja de vida con las respectivas firmas.

5. Rebaja en comportamiento por parte del director de grupo, con la información del coordinador y la Asamblea de profesores, quedando constancia en el acta respectiva, registrada en la hoja de vida.

6. Suspensión temporal de clases por un día. Este acto es competencia del Coordinador.

7. Suspensión temporal de clases o del establecimiento hasta por tres (3) días hábiles. Este acto es competencia del Consejo Directivo, avalado por la Asociación de Padres mediante Resolución motivada.

PARÁGRAFO: Todo alumno que sea suspendido temporalmente, deberá ponerse al día con todas las actividades académicas que se le asignen inmediatamente reinicie sus tareas en el colegio.

8. Suspensión temporal de actividades extra-clases o complementarias.

9. Matrícula en observación durante un período máximo de dos (2) meses, según Resolución motivada del Consejo Directivo.

El colegio procederá de la siguiente manera para la corrección de las faltas que afecten la conducta:

1. Diálogo entre las personas comprometidas, en el cual se escuchen las partes, se hagan los descargos y se procure una solución que favorezca la sana convivencia quedando constancia escrita en su hoja de vida.

PARÁGRAFO: En esta primera instancia, el colegio le dará al alumno una asesoría permanente con miras a llevarlo a una respuesta positiva.

2. Notificación al padre de familia o acudiente por parte del Coordinador en la cual se le informe sobre el proceso seguido y la respuesta del alumno, estará presente el estudiante y quedará constancia en la hoja de vida, donde además aparecerán las respectivas firmas.

3. Pérdida de algunos beneficios especiales que esté recibiendo de la institución, exención de pago de matrícula u otros.

4. Suspensión de actividades extra-clases o complementarias, esto es competencia del Coordinador.

5. Rebaja en conducta por parte de la Asamblea de profesores con visto bueno del Consejo Directivo.

6. Suspensión temporal de clases o del establecimiento hasta por tres (3) días hábiles. Esto es competencia del Consejo Directivo mediante Resolución motivada.

PARÁGRAFO: Todo alumno que sea suspendido temporalmente, deberá responder por todas las actividades académicas que se le asignen inmediatamente reinicie sus tareas escolares.

7. Suspensión temporal de uno (1) hasta por tres (3) años, competencia del Consejo Directivo con la debida autorización de la Asociación de padres de familia de la institución, (Art. 319 del código del menor) y el visto bueno respectivo de la Secretaría de Educación.

PARÁGRAFO: En la aplicación de la sanción se tendrán en cuenta las siguientes situaciones, analizadas por la autoridad competente.

- Sustentaciones dadas al suceso, que contribuyan a aumentar la responsabilidad ante la acción.

- Sustentaciones dadas al suceso que contribuya a aminorar la responsabilidad en la acción.

- Sustentaciones dadas al suceso, que contribuyan a exonerar la responsabilidad ante la acción.

Cuando entre los alumnos se detecten casos de tendencia a tráfico o consumo de sustancias que produzcan dependencia, las directivas y profesores están en la obligación de informar a los padres y /o acudientes y al defensor de familia si es el caso para que adopten las medidas de protección correspondientes (Art. 235 del código del menor).

El coordinador llamará diariamente a lista en las clases para notificar la no presencia del estudiante en el colegio. Él alertará a los padres o acudientes del alumno, cuando se presenten tres (3) o más ausencias injustificadas en el mes.

Si se establece que el responsable es el padre de familia o acudiente, se remitirá el informe a la autoridad competente para que se apliquen las sanciones pertinentes.

Si el responsable es el estudiante, se le amonestará y se les informará a los padres; si persiste esta conducta el Rector remitirá al estudiante a una entidad defensora de la familia, con el fin de que se le dé la protección pertinente (Art. 314 del código del menor).

La evaluación del comportamiento la hará la asamblea de profesores, directores de grupo y coordinador quienes tendrán en cuenta las observaciones escritas en el observador del alumno y la hoja de vida.

Cuando la falta cometida por el estudiante afecta la conducta y al mismo tiempo afecta con ello a la comunidad educativa, colocando en peligro la integridad física y/o moral de las personas, o cuando la falta cometida está sancionada por el código penal, la sanción aplicada será la cancelación de la matrícula previo proceso comportamental, cumpliéndose siempre el proceso establecido para la cancelación de ella.

PARÁGRAFO: El proceso comportamental seguido en el plantel, será independiente de la acción penal que imponga la Ley.

El conducto regular para la solución de problemas, que debe seguir un estudiante será el siguiente:

1. Diálogo con el profesor del área

2. Diálogo con el director de grupo

3. Diálogo con el Coordinador

4. Confrontación ante el Consejo Directivo

5. Notificación a la Asociación de padres de familia

6. Rectoría

Otros:

- Talleres de prevención a la drogadicción.
- Talleres de relaciones interpersonales.
- Talleres donde asiste alumno con su acudiente, para analizar la incidencia en las faltas
- Estudiar de nuevo el manual de convivencia.

9. CONDUCTO REGULAR.

Con los criterios de competencia, agilidad y eficiencia se establece el conducto regular para los estudiantes de la comunidad educativa.


a. Presentación de propuestas que atañen a la buena marcha de la Institución.

1. Representante de grupo.
2. Consejo Estudiantil.
3. Consejo Directivo o rector según su competencia.

b. Reclamos académicos.

1. Profesor de la materia.
2. Consejo Académico (como segundo calificador).

c. Reclamaciones por asuntos disciplinarios.

1. Ante el profesor que presenta el correctivo.
2. Ante el Consejo Directivo.


En todo caso el alumno tiene derecho a hacerse representar por el acudiente o el personero de la Institución y a que se le practique el debido proceso.



10. CAUSALES PARA PERDER EL CARÁCTER DE ALUMNO DE LA INSTITUCIÓN

1. Incurrir en faltas graves o gravísimas contempladas en el manual de convivencia.

2. Repitencia consecutiva del mismo grado por 3 años.

3. No demostrar en su actitud y comportamientos, sentido de pertenencia.

4. No cumplir con los requisitos exigidos por la ley y la Institución.

EL DEBIDO PROCESO

5. EL DEBIDO PROCESO.

Garantía del Proceso.

Toda persona que sea objeto de inculpación tiene derecho a:

- Que se presuma su inocencia, mientras no se establezca legalmente su culpabilidad.

- Recibir comunicación previa y detallada de la acusación que se le formula precisando la falta establecida en el manual, ya sea: grave, leve o gravísima.

- Que se le conceda el tiempo y los medios adecuados para preparar su defensa, ya sea personalmente o representado por el acudiente o el personero estudiantil.

- No ser obligado a declarar contra sí mismo o a declararse culpable. Su confesión solamente es válida si es hecha sin coacción y producto del reconocimiento de la falta.

- Que el proceso de la investigación de la falta se haga protegiendo a la persona en su dignidad, personalidad y desarrollo y con toda la discreción requerida.

- Que las sanciones sean aplicadas solamente cuando sean cumplidas las etapas de investigación respetando estrictamente el debido proceso según las normas establecidas en el decreto 1860 / 94 artículo 23 ..... Lit C.I y código del menor.



Se realizará el siguiente proceso:


1. Amonestación en privado:

La debe aplicar el educador mediante un diálogo formativo que comprometa a un cambio de actitud. El compromiso se registrará en el observador del alumno.

- Si el educando persiste en su comportamiento disciplinario o académico, debe intervenir el director de grupo y / o coordinador, dejándose constancia en el observador del alumno, notificándose al padre de familia a firmar dicho libro.

NOTA: En el caso de aquellos alumnos, cuyo comportamiento precisen tratamiento especial de carácter reeducativo, se les hará un estudio aparte del observador y hoja de vida del estudiante.

2. Citación de Padre de Familia o Acudiente a Coordinación:

Se dialogará con éstos para analizar conjuntamente las dificultades presentadas por el alumno, dejando constancia escrita con fijación de acciones correctivas, por parte de educadores, padres de familia y alumnos.

3. Retiro temporal de clase y del establecimiento (suspensión).

Esta se hará en caso de no haber acompañamiento del padre de familia o acudiente para el alumno.

Es función del rector y debe ser informada al padre de familia o acudiente.

Esta suspensión será por un día en casa, la amonestación se diligenciará para aplicar correctivos y compromisos y presentación del acudiente el día de la suspensión o al día siguiente, de lo contrario el alumno no podrá presentarse a clase.

Si el Educando persiste en la falta (rendimiento académico o comportamiento) debe intervenir el acudiente y consecuentemente las personas asignadas según el conducto regular.

La segunda suspensión se hará hasta por tres días con las anotaciones del punto anterior. Si el alumno persiste en la falta.

Si el educando aún reincide en la falta será remitido a consulta psicopedagógica dentro de la Institución, cuando el caso la amerite, se remitirá por fuera de la Institución, el Padre de Familia asumirá el costo del tratamiento necesario y presentará los informes de dicho tratamiento a la Institución luego de la cual se determinará el tramite que se debe seguir.

El alumno de undécimo que en su seguimiento durante todo el año, presente faltas al manual de convivencia que lo acredite como indisciplinado y con poca muestra de la vivencia de los valores del colegio no será proclamado en comunidad, recibirá el diploma por ventanilla.

Cuando se compruebe el consumo de droga dentro de la Institución, será sometido a un tratamiento especial por parte del Padre de Familia; el colegio proporcionará el tiempo necesario y el alumno se hará responsable de su instrucción académica.

Al regresar acordará con el docente de cada área la ficha de la presentación de trabajos y evaluaciones pendientes.

4. Suspensión del Establecimiento por un año lectivo en curso:

Será aplicada por faltas graves de comportamiento, bajo rendimiento académico. Esta decisión será tomada por el rector (consejo directivo y/o académico si lo amerita).

El rector notificará a la asociación de Padres de Familia al Padre de Familia y al Personero oportunamente.


NOTA: En la aplicación de estos correctivos se tendrá en cuenta:
- Agravantes aumenta la responsabilidad durante la acción.

- Atenuantes: aminora la responsabilidad durante la acción.

- Eximentes: exime la responsabilidad de la acción.

La Institución aplicará las sanciones con rectitud, objetividad, justicia y equidad, ya que buscamos el crecimiento, integral, acorde, armónico y responsable a cada uno de nuestros educandos.



6. RECURSO DE REPOSICIÓN O APELACIÓN.

- Todo recurso debe interponerse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la falta y será resuelto en un término máximo de 15 días hábiles después de haber recibido el recurso y ante la instancia que impone la falta.

- Si el recurso se interpone en la misma reunión que decide la sanción, bastará hacerla constar en el acta.

7. MECANISMO PARA ACTUALIZARLO

Se producirá tal como lo dispone el Decreto 1860 / 94

EL MANUAL

II. EL MANUAL


1. INTRODUCCIÓN.

El contenido del actual manual de convivencia, es el fruto de la participación de toda una comunidad y se convierte en un camino seguro y confiable en la resolución de nuestro que hacer educativo teniendo en cuenta los enriquecedores aportes que nos da la Constitución Nacional, la Ley General de Educación, el Código del Menor, el Estatuto Docente los derechos humanos entre otros.

El manual de convivencia conlleva a orientar el ejercicio de la libertad, cumplimiento de los derechos y deberes y responsabilidades tanto del personal docente administrativo, padres de Familia y acudientes de tal forma que nos permita generar y procesar actitudes de conocimiento, reflexión y aprendizaje, que conlleve a la formación adecuada de los estudiantes; con actitudes que contribuyan a lograr en el futuro una vida digna que posibilite una convivencia pacifica que garantice el respeto por las personas y el grupo social donde se desenvuelva.

Por lo anterior la Institución espera que el compromiso adquirido a través de la elaboración participativa de este manual fortalezca las relaciones interpersonales, los ambientes de aprendizaje y contribuya a la paz interior institucional, local, regional y nacional.

2. CONCEPTO DE MANUAL DE CONVIVENCIA.


Es el documento elaborado por la comunidad Educativa de la Institución Sebastián de Belalcázar, donde se establecen los parámetros para la convivencia escolar, se señalan líneas jerárquicas, se formulan los procedimientos a seguir y se determinan canales de comunicación, estímulos, correctivos y estrategias para lograr los objetivos en un ambiente humano y democrático.

Este documento es aprobado por el Consejo Directivo legalizado por la rectoría mediante resolución.



3. OBJETIVOS DEL MANUAL.

1. Educar Dialécticamente en el cumplimiento conciente de lo propuesto en el manual.

2. Establecer de común acuerdo con la comunidad educativa parámetros que estimulen y favorezcan una convivencia sana basada en el respeto entre todos los integrantes del plantel y la comunidad.

3. Fomentar el ejercicio de la participación en todas las actividades que tengan que ver con el plantel y comunidad educativa.

4. Contribuir al desarrollo armónico del estudiante dándole autonomía que le permita elevar su nivel de autoestima.

5. Orientar en la reflexión y acción para la convivencia y el mejoramiento continuo.

6. Responsabilizar al estudiante en el cumplimiento de los deberes de tal manera, que se contribuya a la formación de una nueva sociedad.

7. Generar procesos de formación que permita evaluar el desempeño de la comunidad educativa, desde la conciencia crítica y propositiva para lograr los cambios necesarios.

8. Fomentar el conocimiento de los deberes y derechos, estimulando el ejercicio práctico de la justicia, la ética escolar y ciudadana.




4. MARCO CONSTITUCIONAL LEGAL Y JURISPRUDENCIAL.

Este manual se fundamenta en:


La Constitución De Colombia 1.991

Artículo 1. Las normas Colombianas se fundamentan en el respeto por la dignidad humana, en el trabajo y en la solidaridad de las personas.

Artículo 2. El Estado debe asegurar la Convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Artículo 16. Derecho al desarrollo de la personalidad con las limitaciones que inspiren los derechos de los demás y el orden jurídico.

Artículo 19. Derecho a la libertad de culto.

Artículo 27. El Estado garantiza la libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.

Artículo 67. La educación como derecho de todo individuo con función social rescatando valores como la paz, la democracia, recreación y cultura.

Artículo 68. Libre elección del tipo de educación por parte de los padres de familia para los hijos menores garantizando idoneidad, ética y pedagogía por parte de los profesores (as) que imparten enseñanza.


Ley General de la Educación (115/94)

Artículo 5. Apoyada en la Constitución artículo 67, presenta con claridad los trece fines de la Educación centrados en el desarrollo pleno de la personalidad del estudiante como proceso de formación integral.

Artículo 6. Se apoya en el artículo 68 de la Constitución y presenta con claridad la identidad de la comunidad educativa, su tarea y responsabilidad en la buena marcha de la Institución Educativa.

Artículo 7. Presenta el rol definitivo de la familia en la tarea Educativa como la primera responsable de la educación de los hijos y directa colaboradora con la Institución en la formación integral.

Artículo 24. Garantiza el derecho a recibir educación religiosa, presenta también la libertad de cultos y el derecho de los padres de familia a escoger el tipo de educación para sus hijos.

Artículo 25. Habla de la necesidad de promover en la Institución la formación ética y moral a través del currículo.

Artículo 91. Presenta al educando como centro de todo el proceso educativo y la necesidad de su participación activa en la formación integral que recibe.

Artículo 92. Hace expresa la forma como se ha de llevar expresamente el proceso formativo del educando para que no solo reciba formación integral, sino que sea crítico, participativo y comprometido con su propia formación.

Artículo 93. Presenta los mecanismos de representación y participación de los estudiantes en el Consejo Directivo de la Institución Educativa.

Artículo 94. Es claro en la presentación de las funciones, los derechos y las responsabilidades del Personero de los estudiantes.

Artículo 95. Habla de la validez de la matrícula como acto de vinculación del educando, con determinada Institución Educativa.

Artículo 96. Con claridad hace referencia a condiciones de permanencia en el establecimiento educativo, aspecto este que ha de ser considerado con precisión en el Manual de Convivencia.

Artículo 97. Presenta la obligatoriedad del servicio social del estudiantado.


Código del Menor. Decreto Ley 2737 de 1989

Artículo 311. Todo menor tiene derecho a recibir la educación necesaria para su formación integral. Esta será obligatoria hasta el noveno grado de educación básica y gratuita cuando sea prestada por el estado.

Artículo 312. Libre elección de la familia para la educación de sus hijos menores y sanción para aquellos que no la brinden.

Artículo 313. Los Directivos (as) de los centros educativos por la asistencia permanente del estudiante y procuración evitar la deserción escolar, investigarán la causa de dicha deserción o inasistencia cuando se presenta.

Artículo 314. Para el cumplimiento del artículo anterior, el Rector (a) del establecimiento educativo, citará a los padres del menor, cuando se presenten dos o más ausencias injustificadas en el mes.

Artículo 317. Los directivos (as) de los centros educativos, organizarán programas institucionales de asesoría pedagógica, recreativa y cultural, así como deportiva.

Artículo 319. Los directivos (as) no podrán imponer sanciones que afecten la dignidad del educando.

Decreto 1423 de 1.993

Artículo 1. Establece la participación de los distintos estamentos de la Comunidad Educativa en la elaboración del Manual de Convivencia.

Artículo 2. Señala que el Manual de Convivencia o Reglamento, constituyen las bases para formar, orientar, evaluar, estimular o corregir los comportamientos de los estudiantes.

Artículo 4. Exige la continuidad de la evaluación y la participación en ésta, de educadores, padres de familia y estudiantes.

Artículo 5. Por el cual los actos considerados como faltas de indisciplina o conductas negativas deben ser establecidas como resultados de un análisis participativo de consenso de educadores, padres de familia y estudiantes, estás deben incluirse en el Manual de Convivencia.

Artículo 6. Señala los comportamientos catalogados como indisciplina.

Artículo 7. Establece las faltas de conducta que deben ser censuradas por la Comunidad Educativa.

Artículo 11. Deroga los decretos 398 de 1973 y 2496 de 1.978 y demás normas que le sean contrarias.

Decreto 2277 de Septiembre 14 de 1.979 (Estatuto Docente) Ley 200 / 95 Decreto 2737 / 86 Ley 30 / 86 Decreto 1108 / 94 Ley 18 / 94 la ley 715 y sus respectivos decretos reglamentarios.

Otros: Todas aquellas disposiciones jurídicas y legales emanadas por la Corte Constitucional.

COMUNICACIONES

13. COMUNICACIONES.

Cuando un alumno necesite retirarse por cualquier causa del
Establecimiento deberá diligenciar el siguiente formato y
Hacerla firmar del rector o coordinador de disciplina.


INSTITUCIÓN EDUCATIVA SEBASTIÁN DE BELALCÁZAR

El alumno (a)
Del grado
Solicita permiso para
A las del día
Será recogido por

Firma del Padre o Acudiente
c.c

Autorizado por:

14. CITACIONES.

Alumno
Grado día hora
Asunto
Coordinador y/o Profesor


Confirmado
Firma del Padre de Familia o Acudiente.


15. OBSERVACIONES.

Profesor Acudiente

Alumno

16. SEÑALES INFORMATIVAS

1. Timbre:

1 timbre largo para iniciar y terminar labores académicos.

1 timbre corto para anunciar cambio de clase.

2 timbres cortos para anunciar descanso o actos comunitarios.


17. PERMISOS Y EXCUSAS.

El colegio cuenta con un formato claro y corto para excusas y permisos con el fin de evitar falsificaciones y agilizar procesos.

Estos serán firmados por los acudientes y tendrán visto bueno de coordinación con registro en el observador del alumno y se archivará.

El plazo límite para justificar una ausencia será de 3 días hábiles máximo y en caso de excusa médica anexar la incapacidad (fotocopia).

REQUISITOS PARA CONTINUAR EN LA INSTITUCIÓN

12. REQUISITOS PARA CONTINUAR EN LA INSTITUCIÓN

- Tener registros de buen rendimiento académico y disciplinario.

- Constatar el buen acompañamiento de los padres en los procesos de formación de sus hijos.

- Tener sentido de pertenencia con la Institución.

- Conocer y aceptar el manual de convivencia Institucional.

- Presentar visto bueno por parte del Consejo Directo y del Comité Académico, luego de estudiar detenidamente su hoja de vida.

COMPROMISOS QUE GENERA LA MATRICULA

11. COMPROMISOS QUE GENERA LA MATRICULA

PADRES:

- Asistencia oportuna y puntual a los llamados del colegio cuando las situaciones lo requieran.

- Asistencia puntual a la entrega de informes académicos y disciplinarias.

- Suministrar a sus hijos los materiales necesarios para el buen rendimiento académico y disciplinario.
-
- Asistir y apoyar las actividades culturales, religiosas, lúdicas, académicas que programe la Institución.

- Conocer y apoyar las normas que rigen el manual de convivencia.

- Orientar a sus hijos en valores humanos, morales, sociales y religiosos.

- Responder y /o restituir los bienes dañados o deteriorados por sus hijos pertenecientes a la Institución.

- Brindar a sus hijos acompañamiento permanente en los procesos de formación.

- Colaborar con las actividades programadas por la asociación de Padres de Familia para el mejoramiento de la calidad educativa.

PROCESO DE MATRICULA

10. PROCESO DE MATRICULA

1. Inscripción: Los estudiantes nuevos, deben presentarse en las fechas señaladas por la Institución e inscribirse presentando su hoja de vida firmada por el rector de la Institución anterior.

2. Reclamar en las oficinas de secretaria, fichos de matrícula y recibos de pago.

3. Pagar en el Banco, la cantidad estipulada en la resolución emanada por la secretaria de Educación.

4. Diligenciar matrícula en las oficinas de secretaría de la Institución, en las fechas asignadas por grado con los requisitos exigidos en el ficho de matrícula:

- Registro civil.

- Certificado de calificaciones en papel membrete de la Institución anterior.

- 3 fotos tamaño cédula (actuales).

- Fotocopia de carné de salud EPS o SISBEN.

- Fotocopia del documento de identidad (tarjeta de identidad o registro civil).

- Ficha observador del alumno.

- Calificaciones del grado anterior (alumnos de la Institución).

CRITERIOS DE INGRESO A LA INSTITUCIÓN

9. CRITERIOS DE INGRESO A LA INSTITUCIÓN

1. El alumno y sus padres deben de conocer, comprender y acatar el manual de convivencia de la Institución.

2. No tener asignaturas, logros o deuda pendiente del grado anterior, en esta o en otra Institución.

3. El estudiante debe presentar todos los documentos requeridos por la ley para el proceso de matrícula.

4. El estudiante debe tener ánimo de superación y criterios de exigencia personal.

COMPROMISOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

8. COMPROMISOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA


1. Orientar acciones que conduzcan a la valoración de si mismos y de la naturaleza.

2. Realizar actividades culturales y recreativas que mejoren su calidad de vida.

3. Construir propuestas de convivencia basadas en el respeto por la vida, la norma y el estado social de derecho.

4. Desarrollar a través de la interacción, nuevos aprendizajes y normas que permitan mejores relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa.

5. Explorar las diversas inteligencias del ser humano, para ubicarse en aquellas que permitan su realización y desarrollo integral.

6. Interactuar para tomar decisiones en común dentro de una cultura del debate y resolución pacífica de conflictos.

VALORES INSTITUCIONALES

7. VALORES INSTITUCIONALES.

La Institución Educativa Sebastián de Belalcázar fomenta la práctica de los valores: tolerancia, responsabilidad, solidaridad, autoestima, sentido de pertenencia, respeto por si mismo, por el otro y por el medio ambiente, honestidad, lealtad diálogo y afecto con el propósito de construir una cultura de convivencia pacífica, donde sea posible la formación de seres humanos.

Institución educativa Sebastián de Belalcázar: Conocimiento - Responsabilidad - Respeto.

OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN

6. OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SEBASTIÁN DE BELALCAZAR.

1. Orientar las acciones pedagógicas hacia la exaltación de los valores como seres humanos integrales.

2. Concebir la familia como la base formativa en el respeto, la compresión y el amor.

3. Exaltación de los valores Institucionales como elementos formativos en el Plantel.

4. Educar y formar para el cambio acorde con los avances tecnológicos y científicos del mundo.

5. Impartir una Educación con calidad y eficiencia, con énfasis en la formación humana.

6. Orientar la familia y demás comunidad educativa en el fomento de los valores humanos y el cuidado de la salud.

7. Propiciar espacios de participación y diálogo para el fomento de la democracia.

PRINCIPIOS QUE NORMAN LA CONDUCTA EN LA

5.3 PRINCIPIOS QUE NORMAN LA CONDUCTA EN LA
INSTITUCIÓN SEBASTIÁN DE BELALCAZAR

1. Orientar las acciones pedagógicas hacia la exaltación de los valores como seres humanos integrales.

2. Apoyar la familia como la base formativa en el respeto, la comprensión y el amor.

3. Vivenciar los valores institucionales (conocimiento, amor, respeto) como elementos formativos del Plantel.

4. Educar y formar para el cambio, acorde con los avances científicos y tecnológicos universales.

5. Ofrecer una educación con calidad (eficaz y eficiente) y proyección futurista.

6. Orientar la familia y demás comunidad educativa en el fomento de los valores sociales, el respeto de la norma y el estado social de derecho.

7. Propiciar espacios de participación y de diálogo para el fomento de las relaciones interpersonales.

PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN

5. PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN.

5.1 Artículo 67 Constitución Política. La Educación es un derecho de la persona y un servicio que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.

La educación será gratuita en las Instituciones del Estado, sin perjuicios del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.

Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la Educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar al educando cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley.

5.2 ARTICULO 5. LEY 115 FINES DE LA EDUCACIÓN.

De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le impone los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, cívica y demás valores humanos.

2. La formación en el respeto a la vida y los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afecten en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

4. La formación en el respeto a las autoridades legítimas y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.

5. La adquisición de los conocimientos científicos y técnicos mas avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.

6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.

7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.

8. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo en especial con Latinoamérica y el Caribe.

9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva, y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.

10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso nacional de los recursos naturales de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación.

11. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.

12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.

13. La promoción en las personas y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.